En la resolución de los juicios electorales en los sistemas normativos internos con claves: JNI/96/2022, JNI/99/2022, JNI/100/2022 y JNI/102/2022; determinó que se acreditan irregularidades en esta elección, que resultan trascendentes para no validarla, las cuales afectan el principio de certeza, y que incidieron en el derecho de participación de la ciudadanía que integra el municipio.
Este Órgano Jurisdiccional señaló que las irregularidades consisten en: un crecimiento desproporcional respecto a la votación obtenida, ya que se detectó que en dieciocho comunidades los votos recibidos rebasan al total de la población y, solo en trece comunidades no se presentó esta inconsistencia.
Además, la consideración de la Asamblea General Comunitaria de Los Fresnos, al permitir la votación a personas que no pertenecen a dicha comunidad, lo cual, modificó el sistema normativo; así como, las diferencias en las actas de sesión permanente con motivo de la jornada electoral.