Senado aprueba reforma para limitar pensiones de funcionarios públicos

Publicado el: 11/03/2026

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Ciudad de México.- El Senado de la República aprobó una reforma al artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer un límite a las pensiones de funcionarios públicos, las cuales no podrán superar la mitad del salario de la persona titular del Ejecutivo federal.

El dictamen fue avalado en lo general por unanimidad con 116 votos a favor, mientras que en lo particular obtuvo 109 votos a favor y seis abstenciones. Tras su aprobación, la Mesa Directiva ordenó remitir el proyecto a la Cámara de Diputados para su análisis y eventual ratificación.

La iniciativa fue presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum, con el objetivo de reducir las jubilaciones consideradas excesivas dentro de empresas del Estado y organismos públicos, donde algunos ex directivos y altos mandos llegan a recibir pensiones que superan el millón de pesos mensuales.

De acuerdo con el proyecto aprobado, los funcionarios de organismos descentralizados, empresas públicas del Estado y otras entidades del sector paraestatal no podrán recibir una pensión superior a la mitad de la remuneración asignada a la Presidencia de la República.

La medida también será aplicable a sociedades nacionales de crédito, empresas de participación estatal mayoritaria, fideicomisos públicos que formen parte de entidades paraestatales, así como organismos descentralizados y empresas públicas de estados y municipios.

Además, la reforma establece que los contratos laborales, condiciones generales de trabajo y demás instrumentos jurídicos que regulen las relaciones laborales en el sector público no podrán contemplar pensiones que rebasen el límite fijado. También se señala que los entes públicos deberán revisar y, en su caso, modificar sus disposiciones internas para ajustarlas a lo establecido en la reforma constitucional.

Uno de los artículos transitorios indica que las jubilaciones o pensiones que ya hayan sido otorgadas antes de la entrada en vigor de la reforma deberán ajustarse al nuevo límite, siempre que no formen parte de los esquemas excluidos.

Entre las excepciones se encuentran las pensiones de las Fuerzas Armadas, las jubilaciones derivadas de aportaciones voluntarias en sistemas de ahorro para el retiro con cuentas individuales, las financiadas con aportaciones sindicales en esquemas complementarios y las pensiones no contributivas.

Fuente: Agencia