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Ciudad de México.- A partir del 9 de enero de 2026 será obligatorio el registro de líneas celulares en México, tras la entrada en vigor de las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Todas las líneas de telefonía móvil, tanto de prepago como de pospago, deberán vincularse a la identidad de su titular; de lo contrario, habrá consecuencias.
De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 9 de diciembre de 2025, los usuarios deberán registrar su número telefónico para actualizar las bases de datos de los concesionarios, medida que —según las autoridades— busca fortalecer las labores de seguridad pública.
¿Qué pasa si no se registra la línea?
La consecuencia principal por no realizar el trámite es la interrupción definitiva del servicio. El cronograma oficial indica que el periodo de registro inicia el 9 de enero de 2026 y concluye el 29 de junio de 2026. A partir del primer minuto del 1 de julio de 2026, cualquier línea que no haya sido validada será dada de baja del sistema nacional de telecomunicaciones.
La suspensión implica la pérdida total del número telefónico, así como del saldo disponible en líneas de prepago. Las autoridades han señalado que no habrá prórrogas, ya que se requiere una depuración inmediata de las bases de datos para la implementación de nuevas estrategias de seguridad pública durante el segundo semestre del año.
Fechas clave del registro
9 de enero de 2026: Apertura del registro a nivel nacional.
29 de junio de 2026: Fecha límite para usuarios existentes.
30 de junio de 2026: Cierre de plataformas para líneas actuales.
1 de julio de 2026: Suspensión total de voz y datos para líneas no registradas.
Las líneas adquiridas después del 9 de enero de 2026 deberán registrarse al momento de la activación en el punto de venta, conforme a los nuevos protocolos de contratación.
¿Cómo registrar mi línea?
El procedimiento puede variar según el operador. En general, se podrá realizar acudiendo a un centro de atención o a través de los mecanismos que cada empresa habilite para contactar a sus usuarios.
Los documentos y requisitos habituales incluyen:
CURP con validación biométrica.
Identificación oficial vigente (INE, pasaporte o cédula profesional).
Validación de identidad mediante sistemas de reconocimiento facial proporcionados por los operadores.
Para extranjeros residentes, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) estableció que la acreditación se realizará con el número de residente temporal o permanente, a fin de que ninguna línea activa en México opere sin un titular plenamente identificado.
Fuente: Agencia