El Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, Eduardo Pinacho Sánchez, 290 mil 633 pesos mensuales; el Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa, Manuel Velasco, 254 mil 644 pesos mensuales; la Presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), Elizabeth Bautista Velasco, 207 mil 476 pesos mensuales.
Los consejeros del Consejo de la Judicatura, 195 mil 899 pesos mensuales; el titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado, 158 mil 690 pesos mensuales.
En cambio, el funcionariado que tiene un salario casi igual que López Obrador, se encuentran la persona titular del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos de Oaxaca con un sueldo mensual de 149 mil 26 pesos.
Todos los titulares de las diferentes secretarías del Gobierno del Estado que ganan 144 mil 904 pesos mensuales, así mismo de organismos autónomos, como la Presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Elizabeth Sánchez González, 135 mil 280 pesos.
Jara Cruz, 133 mil 923 pesos, mientras que el Presidente de la Comisión Estatal de Arbitraje Médico con un salario mensual de 106 mil 738 pesos, y el titular de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) con un sueldo de 105 mil 236 pesos.
En tanto, entre las prohibiciones de la Ley de Austeridad Republicana de Oaxaca, son la compra o arrendamiento de vehículos de lujo o cuyo valor comercial supere las cuatro mil 343 Unidades de Medida y Actualización; la contratación de seguros de ahorro en beneficio de los servidores públicos con recursos del Estado; la realización de gastos de oficina innecesarios; remodelar oficinas por cuestiones estéticas; y el derroche de energía eléctrica.
También señala que los vehículos oficiales sólo podrán destinarse a actividades que permitan el cumplimiento de las funciones de los entes públicos, que las adquisiciones y arrendamiento de equipos y sistemas de cómputo se realizarán previa justificación, y que los vehículos aéreos propiedad del Poder Ejecutivo serán destinados a actividades de seguridad, protección civil o salud, y los que no cumplan con estas funciones, serán enajenados.
La ley aprobada y ya firmado el decreto para su publicación, solo acota que no podrán exceder los montos erogados en el ejercicio presupuestal inmediato anterior, “una vez considerados los incrementos y precios y tarifas oficiales o la inflación”.
Pese a ello, Jara Cruz presumió que respecto a servicios personales, a través de la Secretaría de Administración, de acuerdo al tipo de nómina que son base, confianza y haberes se registró un ahorro de 286 millones 559 mil 88 pesos.
En las modalidades de contrato-confianza, contrato-contrato, mandos medios y superiores, remuneración al desempeño laboral (RDL) y honorarios asimilados se obtuvo un ahorro de 208.7 millones de pesos.
Este Plan de Gobierno en materia financiera contempla el desarrollo de 23 acciones que permitirán evitar gastos onerosos e innecesarios y que, al contrario, harán más eficiente los servicios públicos y las acciones de gobierno.
En materia de servicios personales se contempla garantizar los derechos sociales de las personas del servicio público, previstos en la Constitución Política del Estado, así como los instrumentos internacionales y las disposiciones jurídicas aplicables.
La política de austeridad prevé que los recursos humanos se administren con total apego a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca. También, se regulará la creación de plazas, las revisiones salariales, pagos de prestaciones, el funcionamiento de las estructuras orgánicas, así como la atención y cumplimiento a medidas judiciales en materia laboral.
Asimismo, que las instituciones educativas con convenio o pari passu, se apeguen a los sueldos y salarios establecidos en sus anexos de ejecución, y que las personas con nombramientos de “oficiales de trasporte” sean reubicadas de acuerdo al perfil que tengan para el cumplimiento de sus funciones.
En materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios generales se establece que no se rentarán vehículos para el traslado de servidores públicos cuyo valor comercial supere los cuatro mil 343 Unidades de Medicas de Actualización (UMA) diarias.
Asimismo, se prohíbe la contratación de alquileres de oficinas alternas a las oficiales, el incremento en rentas existentes, las remodelaciones de inmuebles con fines estéticos y la compra de mobiliario de lujo.
En cuanto a los vehículos aéreos, estos deberán ser destinados, como se hace ahora, para actividades de seguridad pública estatal, protección civil, así como para la atención en materia de salud.
En tanto, se deberán reducir en 20% los gastos en las partidas presupuestales correspondientes a diversos servicios como los legales, de contabilidad, consultorías, servicios profesionales, de orden social, fomento de actividades cívicas, de cultura, reuniones, congresos, convenciones, exposiciones, espectáculos entre otras actividades. En los últimos casos se privilegiará el uso de propiedades del Gobierno del Estado.
La reducción de al menos 10% en las partidas para telefonía celular, energía eléctrica, agua, gas, arrendamiento de fotocopiado, también se propiciará en el presente ejercicio fiscal. Y en materia de difusión, la Coordinación de Comunicación Social deberá reducir los gastos hasta en 20%.
Otro aspecto que será regulado es la adquisición de nuevos equipos de cómputo, los servicios de consultoría administrativa, de procesos, técnicas y en tecnologías de administración. También se implementarán medidas de control en el consumo de combustibles, lubricantes y aditivos, así como lo relacionado a la partida de pasajes aéreos, los que se autorizarán de forma excepcional.